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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2509
COACUSADO, VALOR DEL DICHO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2509
Si varios individuos son aprehendidos como presuntos responsables de delito de homicidio, y el auto de formal prisión se dicta sólo contra uno de ellos, y otros quedan en absoluta libertad, el dicho de los últimos no tiene el carácter del de un coacusado, puesto que contra ellos ninguna acusación formuló el Ministerio Público y no tienen interés en apartar de ellos responsabilidad alguna, para hacerla recaer en el acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 1799/37. Jiménez J. Cruz. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.