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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2510
CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA TRATANDOSE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2510
Si de la confesión del acusado y de las anotaciones que existen en su ficha de identificación, se desprende que con anterioridad estuvo detenido por otros delitos, declaración que está confirmada con los datos ministrados en sus antecedentes, de los cuales se desprende que tuvo varios ingresos a la prisión por varios delitos, es indudable que el propio acusado no ha tenido buena conducta anterior; y aun cuando haya rendido información testimonial para comprobar que reunía los requisitos del artículo 90 del Código Penal, vigente en el Distrito Federal, esa información está contradicha por las pruebas a que se ha hecho referencia y es improcedente la concesión del beneficio de la condena condicional.
Precedentes
Amparo penal directo 3760/37. Flores Ramírez Armando. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.