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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2518
LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2518
No puede decirse que la agresión sea inminente, cuando sólo hay cambio de palabras injuriosas entre el acusado y la víctima, y después ésta hace ademán de sacar una arma, sin hacerlo, ya que el primero de aquéllos no corrió un peligro inminente de ser muerto por su agresor y, por tanto, no existe la exculpante de legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 6401/37. Cedillo José. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.