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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 8
DERECHOS DE FAMILIA, SUSPENSION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 8
Conforme al artículo 45 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, la suspensión de derechos que se impongan como sanción en la sentencia, comenzará al terminar la sanción privativa de libertad.
Precedentes
Amparo penal directo 3526/36. Medina Ambriz Feliciano. 1o. de julio de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.