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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 81
ACTO RECLAMADO, AL QUEJOSO CORRESPONDE PROBAR SU INCONSTITUCIONALIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 81
Sin la autoridad responsable conviene en la existencia del acto reclamado, paro no en las causas de inconstitucionalidad alegadas y el quejoso no aporta pruebas para sostener esa inconstitucionalidad, el amparo debe fallarse en su perjuicio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 631/37. Barbosa Florentino. 2 de julio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.