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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 142
COACUSADO, VALOR DEL DICHO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 142
El preferente valor probatorio que se acostumbra asignar en la práctica judicial, al dicho de un coacusado, cuando se demuestra que éste no trata de eludir su propia responsabilidad, no puede ser considerado, si existen diversas rectificaciones hechas por dicho coautor, sobre su declaración, pues entonces existe duda fundada y vehemente de su veracidad.
Precedentes
Amparo penal directo 1158/36. Ordaz Miguel y coagraviado. 3 de julio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.