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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 633
PRUEBA PERICIAL ESTIMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 633
Si los dictámenes emitidos por los peritos, no están en forma congruente y uniforme, sino con divergencias, admitiendo uno de los peritos determinada posibilidad y negándola los otros, esas circunstancias son bastantes para que el Juez de Distrito rechace las conclusiones de los dictámenes, haciendo uso de la prudente estimación a que se refiere la parte final del artículo 151 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2648/37. Gutiérrez Arturo. 15 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.