Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/310892
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2170
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2170
La reparación del daño debe ser fijada por los Jueces, de acuerdo con las pruebas aportadas al proceso, sobre la extensión del daño que sea preciso reparar y sobre la capacidad económica del obligado al pago.
Precedentes
Amparo penal directo 4503/37. Rossell J. Carmelo. 26 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.