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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3133
ROBO, CUANDO ES CONTINUO EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3133
De acuerdo con el artículo 19 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, existe un delito continuo, cuando se prolonga sin interrupción, más o menos tiempo, la acción o la omisión que lo constituye; y se está en el caso de ese artículo, si el acusado, en tres actos ejecutados en tres ocasiones distintas, pero próximas entre sí, penetró a un establecimiento comercial apoderándose de pequeñas sumas de dinero, siendo descubierto en la última; porque es claro que el acusado tuvo siempre una única intención de robar, existiendo, también, unidad en el fin que se propuso, y la sentencia que considera que se cometieron tres robos distintos para el efecto de aplicar la pena, es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 4170/37. Huerta Gutiérrez Benigno. 24 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.