Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/310983
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 273
ULTRAJES A UN FUNCIONARIO PUBLICO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON)
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 273
Si de las declaraciones rendidas aparece que el acusado, en una discusión que tuvo con uno de los testigos, en un lugar público, lanzó expresiones despectivas en contra del gobernador del Estado de Nuevo León, aquéllas caracterizan la figura delictiva de ultrajes a los que se refiere el artículo 177 del Código Penal de dicho Estado; y el auto de formal prisión que se dicte en tales condiciones, no es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7983/36. Cuéllar Garza Felipe. 9 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. la publicación no menciona el nombre del ponente.