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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
311005
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 744

SUSPENSION, LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ES COMPETENTE PARA RESOLVER LA QUEJA CONTRA LA RESOLUCION DICTADA EN EL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR LA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 744

Precedentes

Queja en amparo civil 660/36. "Anuncios", S.A. 19 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 311005