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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1127
HOMICIDIO ACCIDENTAL CON MOTIVO DE LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1127
Si el que obra en legítima defensa, hace un disparo de arma de fuego en contra de su agresor y la bala que mata a éste va a herir a otra persona a quien también da muerte, el agredido está excluido de responsabilidad penal también por lo que hace a este último homicidio, puesto que al disparar lo hizo con derecho, al repeler la agresión de que fue víctima, pasando la bala accidentalmente a herir a otra persona, contra quien no iba dirigido el disparo, y si este fue un acto lícito, no puede considerarse ilícita una de las consecuencias que tal acto produjo.
Precedentes
Amparo penal directo 109/37. Leyva Gómez Alejandro. 27 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.