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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
311068
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2097

LIBERTAD CAUCIONAL, ESTIMACION DE LA PENA PROBABLE PARA LA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2097

Precedentes

Queja 204/37. Becerra Jesús. 14 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXXIV, página 762. Amparo penal en revisión 2548/30. Sang Tung. 27 de enero de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXVI, página 29, tesis de rubro "LIBERTAD CAUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 311068