Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311073
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2190
AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2190
Si antes de promoverse el juicio de amparo, se intentó el recurso de apelación contra el auto de formal prisión, y el acusado de desistió de aquel recurso, el amparo no es improcedente, puesto que el desistimiento significa que el promovente estima de más efectividad la vía de amparo que la ordinaria de alzada.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1518/37. Berzunza Pinto Ramón. 17 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.