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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2211
ORDEN DE APREHENSION, QUE TESTIMONIOS PUEDEN FUNDARLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2211
El hecho de que esté apoyada la denuncia que funda la orden de aprehensión, en el testimonio de personas que denunciaron el delito, no es motivo para declarar ilegal esa orden, ya que no es jurídico calificar como inhábil la declaración de una persona que ha presenciado un hecho delictuoso y que cumple con la obligación de ponerlo en conocimiento de la autoridad; pues sería absurdo considerar como indigno de fe, a quien se ha preocupado por cumplir con la ley, y por este sólo hecho; pues el interés que el denunciante tenga en que se persiga el delito, acaba con la intervención del Ministerio Público, a quien corresponde el ejercicio de la acción penal. Por otra parte, aun la declaración de los familiares del occiso y la de los testigos de indicios, son bastantes para fundar la orden de aprehensión, pues sirven de simples presunciones de responsabilidad, con las cuales basta para dictar la detención. También las declaraciones de las personas ofendidas, tienen el carácter de presunciones suficientes, por ellas solas, para fundar la orden de aprehensión.
Precedentes
Amparo 1468/37. Sosa Esteban y coagraviados. 18 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LI, página 2251. Amparo penal en revisión 2366/36. Ramírez Raymundo. 10 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LV, página 437, tesis de rubro "ORDEN DE APREHENSION, PRUEBAS PARA DECRETARLA.".