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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311104
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3151
RESPONSABILIDAD CIVIL, COMPROBACION DE LA EDAD CON MOTIVO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3151
Si en autos sólo existe la declaración del occiso, para establecer su edad, y el acta de defunción, ninguno de esos elementos basta para probar plenamente dicha edad, ya que conforme a las disposiciones de la ley civil, debe establecerse por medio del acta de nacimiento, y por tanto, resulta arbitraria la aplicación de la tabla de probabilidades de vida del occiso, para computar el monto de la responsabilidad civil.
Precedentes
Amparo penal directo 1365/37. Osuna Mendoza Clemente. 25 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.