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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 981
DELITO, CLASIFICACION DEL, EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 981
Si el Ministerio Público acusa por el delito de homicidio simple y en la sentencia de segunda instancia, se impone pena por el delito de homicidio por imprudencia, se condena al reo por el delito acusado por el Ministerio Público, pero considerándolo con una gravedad menor; por lo cual, no puede decirse que el fallo haya cambiado la clasificación del hecho delictuoso, ni que hubiese rebasado los límites marcados en las conclusiones respectivas, y lejos de agraviarse al quejoso, se le favorece.
Precedentes
Amparo penal directo 4640/35. Casillas Benjamín. 9 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.