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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311240
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1752
ESTUPRO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1752
Para la comprobación del delito de estupro, es requisito indispensable la justificación previa de que la edad de la ofendida, es inferior a dieciocho años, conforme al Código Penal vigente en el Distrito Federal; y el auto de formal prisión que se pronuncie sin estar llenado dicho requisito, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7082/36. López Vivas Miguel. 27 de febrero de 1937. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.