Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311285
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2497
ESTAFA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2497
Si para cometer el delito de estafa sancionado por el artículo 1151 del Código Penal del Distrito Federal de 1929, el acusado se valió de un documento falso y se comprueba que se hizo ilícitamente de una cantidad de dinero, empleando el engaño, el cuerpo del delito queda comprobado, aun cuando el medio empleado para realizarlo, haya sido imperfecto.
Precedentes
Amparo penal directo 271/34. Cassani Goytia Rodolfo. 13 de marzo de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rodolfo Chávez y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.