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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 744
CONDENA CONDICIONAL, BENEFICIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 744
Si el acusado confiesa que con anterioridad fue sentenciado en un proceso, a sufrir la pena de prisión, por lesiones cometidas por imprudencia, y esa confesión se encuentra adminiculada con la circunstancia que aparece en la ficha signalética y de la cual se viene en conocimiento, de que el propio acusado, con anterioridad ingresó a la cárcel a disposición de un Juez de lo Penal, como responsable del delito de homicidio por culpa, no se llenan los requisitos que establece el artículo 90 del Código Penal del Distrito Federal, para otorgar el beneficio de condena condicional, puesto que no consta que sea la primera vez que delinque el reo.
Precedentes
Amparo penal directo 5439/35. Castillo Zúñiga Catarina. 30 de octubre de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.