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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 859
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL, EN MATERIA PENAL, QUE NO PUEDEN HACERSE VALER EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 859
La falta de notificación de la sentencia dictada en la alzada en un proceso del orden penal, es un acto posterior a la sentencia definitiva, que no puede ser materia de amparo directo.
Precedentes
Amparo penal directo 1157/36. Delgado José. 3 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.