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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311411
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 998
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 998
La calificativa de ventaja, en los términos de los artículos 940 y 990, del Código Penal vigente en el Distrito y Territorios Federales, de fecha 30 de septiembre de mil novecientos veintinueve, no se justifica si no está comprobado que el agente activo del delito, haya tenido conocimiento y conciencia de su superioridad física, ni que no haya corrido riesgo alguno de ser muerto o herido por su adversario, y la sentencia que en tales condiciones, tiene por comprobada dicha calificativa, es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo directo 3318/36. Cerda Agustín. 6 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.