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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1329
FRAUDE, DELITO CONTINUO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1329
Si el acusado, por medio de maquinaciones y artificios logra atraerse la amistad de sus acusadores, y después capta la confianza, logrando que le otorguen poderes amplios y procede a ejecutar varios actos de disposición de los bienes de la propiedad de los acusados, esos actos constituyen el delito continuo de fraude, previsto por la fracción I del artículo 386 del Código Penal, vigente en el Distrito Federal, correlativa de la fracción I del artículo 1151 del Código Penal de 1929.
Precedentes
Amparo penal directo 2828/35. García Besné Ramón. 18 de noviembre de 1936. Mayoría de tres votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Excusa: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.