Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311429
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
311429
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1339

SENTENCIAS PENALES DE SEGUNDA INSTANCIA, MATERIA DE LAS, SI EL APELANTE ES EL DE MINISTERIO PUBLICO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1339

Precedentes

Tomo L, página 2430. Indice Alfabético. Amparo penal directo 4628/34. Llanos Noriega Rodrigo. 19 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Relator: Daniel Galindo. Tomo L, página 1339. Amparo penal directo 5521/34. Escalante Portas Arturo. 18 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. Relator: Daniel Galindo.
Registro digital (IUS): 311429