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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 180
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 180
Si de las constancias del proceso aparece que el indiciado cometió el delito de abuso de confianza y que la orden de aprehensión se libró por violación de depósito, delito que no está previsto en la legislación respectiva, es indudable que no se refería a un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal y, por tanto, es violatoria del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1008/36. Rodríguez Simón. 1o. de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.