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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311508
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 664
QUERELLA NECESARIA. FORMA ILEGAL DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 664
Si en el escrito en el cual se denuncia ante el Ministerio Público la comisión de un delito que se persigue a petición de parte, el denunciante manifiesta que se abstiene de acusar a persona determinada como autor del delito, y únicamente deja en pie la denuncia de los hechos, a fin de que el Ministerio Público mande abrir la averiguación respectiva, para que si encuentra comprobados los elementos constitutivos de algún delito, deduzca contra los responsable la acción persecutoria que les reserva el artículo 21 constitucional el denunciante no se querelló en forma legal; pues al denunciar los hechos delictuosos no acusa a persona determinada, y la querella requiere que se enderece concretamente en contra de una persona determinada.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1672/36. Abusaid Juan. 29 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.