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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1040
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1040
Si una persona se acerca a otra, insultándola y colocándole un cuchillo en la espalda, y la segunda hiere al agresor, lo hace repeliendo una agresión actual, violenta y sin derecho y de la cual le resultaba un peligro inminente para su vida; por lo cual existe a su favor la excluyente de responsabilidad de legítima defensa; y el fallo que no lo considere así, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo 6045/35. Ibarra Epifanio. 15 de agosto de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hermilo López Sánchez y José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.