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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1290
AUTO DE FORMAL PRISION, CONFIRMADO EN APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1290
Si se interpone recurso de apelación contra un auto de formal prisión, la segunda instancia debe ocuparse del estudio de los agravios invocados por la defensa; sin que sea necesario que la sentencia repita todas las circunstancias del lugar, tiempo y ejecución del delito, ni que señale los artículos de la ley penal que lo definan y sancionan con pena corporal; pues la confirmación de tal auto, deja en pie todos sus elementos, tanto de forma, como de fondo, que vienen a constituir parte integrante de la resolución pronunciada en alzada.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5837/35. Toraya Ricalde Augusto. 25 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.