Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311567
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1926
DESAFUERO DEL CARGO DE DIPUTADO, CONTRA EL ES IMPROCEDENTE EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1926
La declaración de una Legislatura Local, privando del cargo de diputado a una persona, debe considerarse como acto meramente político; pues la privación del cargo de representante del pueblo se relaciona con facultades inherentes a la ciudadanía; no tiene conexión alguna con los derechos del individuo, considerado como tal, y que se denomina garantías individuales, consignadas en los veintinueve primeros artículos de la Constitución Federal y, por tanto, procede sobreseer en el amparo que se endereza contra dicho acto, por no tratarse de garantías individuales.
Precedentes
Amparo penal directo 5904/33. Azua Lorenzo y coagraviados. 25 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 6098, tesis de rubro "DESAFUERO DE QUIENES DESEMPEÑAN UN CARGO DE ELECCION POPULAR.".
Tomo LI, página 901, tesis de rubro "DESAFUERO, EL AMPARO ES IMPROCEDENTE CONTRA EL .".