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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 300
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 300
La prevención contenida en el artículo 90 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, que establece el beneficio de la condena condicional, debe considerarse de carácter imperativo para las autoridades judiciales y, por tanto, si se reúnen los requisitos señalados por la fracción I del mismo artículo, debe concederse al reo el citado beneficio.
Precedentes
Amparo penal directo 83/35. Moreno Barragán Ernesto. 4 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente..