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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2358
LIBERTAD BAJO FIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2358
Interpretando el artículo 20 de la Constitución, en su fracción I, la Suprema Corte ha establecido que la pena de cinco años de prisión a que se refiere, debe ser tomada en su término medio, para los efectos de conceder o negar la libertad bajo caución.
Precedentes
Queja en amparo penal 78/36. Cruz Esteban y coag. 12 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.