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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2744
INFORME JUSTIFICADO, CONSTANCIAS INSERTAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2744
Las actuaciones judiciales que la autoridad responsable inserta en su informe justificado, tienen el valor de un documento público, de acuerdo con la fracción II del artículo 258 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de amparo, por obrar en un documento expedido por funcionario público, en el ejercicio de sus funciones.
Precedentes
Amparo penal en revisión 290/35. González Sánchez Ignacio. 5 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.