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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3148
MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, REVISION INTERPUESTA POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3148
Si el agente del Ministerio Público Federal interpone el recurso de revisión contra una sentencia pronunciada por un Juez de Distrito, y el representante de aquella institución pide ante esta Suprema Corte de Justicia, que se confirme uno de los puntos resolutivos del fallo recurrido, en la revisión solamente deben estudiarse los otros puntos del fallo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6019/35. Ruiz Camacho Manuel. 18 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.