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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 590
APRECIACION DE LA PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 590
Las autoridades judiciales, son soberanas para apreciar las pruebas que aparezcan en el proceso, dentro de las normales legales, y sin más limitaciones que las que impongan los principios de la lógica y los propios autos.
Precedentes
Amparo penal directo 908/34. Aguilar Hipólito. 16 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.