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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 609
PRUEBA TESTIMONIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 609
La apreciación del valor probatorio de las declaraciones de los testigos, queda al arbitrio del juzgador, si éste estima que la prueba merecía ser plena; y si la autoridad responsable no remitió copia certificada de las declaraciones respectivas, esa omisión no es motivo para considerar que la autoridad no justificó sus procedimientos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3222/34. Torrejón Pablo N. 16 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.