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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
311735
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 804

PENA, EL TRIBUNAL DE APELACION NO PUEDE AUMENTARLA, SI EL FALLO NO FUE RECURRIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 804

Precedentes

Amparo penal directo. 3317/34 Tejeda Salgado Gregorio. 18 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 311735