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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2454
INJURIAS A FUNCIONARIOS PUBLICOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2454
Las expresiones contra funcionarios públicos, que no se hacen por algún motivo antisocial, ni con el fin perverso de exponer al desprecio al funcionario, ni de obtener la satisfacción innoble de una venganza, no constituye el delito de injurias, en los términos del artículo 348 del Código Penal del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo penal directo 5673/33. Salvador Vargas de la Fuente. 13 de febrero de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hermilo López Sánchez y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.