Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311843
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3413
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3413
Si con el carácter de patrono de una persona, se demanda a otra, y se sigue el juicio hasta lograr el remate de los bienes embargados, con objeto de evitar que el demandado verificara un pago que tenía pendiente con un tercero, es indudable que el actor tomó participación en actos y escritos judiciales, que son simulados, con objeto de obtener un beneficio indebido, y se comprueba el cuerpo del delito de fraude a que se contrae la fracción X del artículo 383 del Código Penal del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5282/34. Leautaud Antonio M. 28 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.