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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3616
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3616
La reparación tiene el carácter de pena pública, y comprende la restitución de la cosa obtenida por el delito, o, en caso contrario, el pago del precio de la misma y debe exigirse de oficio por el Ministerio Público, y esa pena surge en cada en que, al infringirse una ley sustantiva, se ataca el patrimonio moral y material de la víctima, aun cuando el legislador no la haya enumerado al tratar de cada uno de los delitos.
Precedentes
Amparo penal directo 538/34. Aponte Baillet Enrique. 4 de marzo de 1936. Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.