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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4274
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4274
Si en el auto de formal prisión no se expresa el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución del delito que se imputa, ni los datos que arroja la averiguación previa, los cuales deben ser bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad del acusado, procede conceder el amparo, para el efecto de que el Juez cumpla con dichos requisitos, establecidos por el artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6464/34. Reyna Roberto y coagraviados. 13 de marzo de 1936. unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre el ponente.