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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311907
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4646
PENA A QUIEN CAUSE LESIONES, SIN QUE PUEDA SABERSE QUIEN LAS INFIRIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4646
Conforme al artículo 525 del Código Penal del Estado de Nuevo León, si varias personas causan lesiones mortales a otra u otras, sin que pueda averiguarse quién, entre aquéllas, las infirió, se impondrá a todas, de 4 a 10 años de prisión u obras públicas. Ahora bien, la ley al imponer esas penas, no castiga a un inocente, puesto que cometidos los hechos en las condiciones apuntadas, todos los participantes asumen en los mismos, responsabilidad criminal.
Precedentes
Amparo penal directo 6448/34. González Avelino y coagraviados. 19 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.