Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/311913
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4889
QUEJA CONTRA RESOLUCIONES EN MATERIA DE COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4889
Las cuestiones de competencia no pueden dar lugar al recurso de queja, puesto que la Ley de Amparo establece los procedimientos que deben seguirse en tales casos; tanto más, si la queja se endereza contra las resoluciones que dicta un Juez de Distrito, negándose a librar oficio inhibitorio a otro Juez del mismo ramo, para que no conozca de un juicio de amparo, puesto que tal resolución no se dictó en un juicio de garantías, sino en el expediente que se formó con motivo de la solicitud relativa. Por otra parte, el Código Federal de Procedimientos Civiles, solamente establece el recurso de que se trata, contra determinaciones pronunciadas en procedimiento distinto del juicio de amparo, en los casos previstos por los artículos 35 y 18, y en ninguno de ellos se encuentra el caso a estudio.
Precedentes
Queja en amparo 116/34. O' Reilly Francisco. 23 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.