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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
311954
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 74

FIADOR, EL HECHO DE EXIGIRSELE LA PRESTACION DEL FIADOR NO IMPLICA QUE SE LE ENCOMIENDE LA EJECUCION DE LA SENTENCIA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 74

Precedentes

Amparo penal en revisión 4809/33. Compañía Mexicana de Garantías, S. A. 1o. de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 311954