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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 316
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 316
La constancia asentada en la ficha signalética del acusado, de que éste ha sido sujeto a un proceso anterior, no es bastante, por sí sola, para tener por comprobado que el reo delinquió con anterioridad, ya que muy bien pudo resultar absuelto del delito que se le atribuyó, y sólo la sentencia condenatoria relativa podrá comprobar, de manera fehaciente, tal circunstancia.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6255. Indice Alfabético. Amparo directo 1374/34. Ordóñez Martínez Miguel Angel. 19 de noviembre de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 316. Amparo penal directo 452/34. Alexandri López Humberto Luis. 4 de octubre de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidentes: José M. Ortiz Tirado y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.