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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 501
COMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 501
Si dentro del territorio jurisdiccional de un Juez de Distrito, se ejecutan los actos reclamados, pero a dicho funcionario no se le puede declarar competente, por estar designado como autoridad responsable, el competente es el Juez del mismo circuito más cercano, atenta la facilidad de comunicaciones.
Precedentes
Competencia 332/35. Suscitada entre los Jueces de Distrito: Segundo en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Nuevo Laredo, y del Estado de Coahuila, residente en Piedras Negras. 7 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.