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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311974
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 550
TELEFONOS, SUSPENSION DE REDUCCION DE CUOTAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 550
Si se endereza el amparo contra la orden de la Secretaría de Comunicaciones de Obras Públicas, para que una empresa de teléfonos se reduzcan las cuotas del servicio, la suspensión debe negarse, en virtud de que el acto reclamado se dictó con un fin de interés general y la sociedad y el Estado tienen interés en que los servicios públicos sean lo menos onerosos posibles.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. 4932/35. Empresa Teléfonos Ericsson, S. A. 8 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.