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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 311986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 804
PARENTESCO, PRUEBA DE, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 804
El objeto de los procesos en materia penal, es la averiguación de la verdad real de los hechos incriminados, para lograr lo cual, el Juez dispone de las más amplias facultades, dentro de las reglas y de los medios de prueba especificados por la ley procesal, y no es preciso observar estrictamente las normas jurídicas aplicables en negocios de carácter civil, así es que si el acusado confiesa que la ofendida es autora de sus días y ese dicho está corroborado con las declaraciones de la ofendida y de los testigos, el citado hecho queda justificado para los efectos de la penalidad, aun cuando no exista el acta de nacimiento correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo 712/34. Rodríguez Julián. 10 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.