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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1217
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1217
Dictado con posterioridad a una ejecutoria de amparo que concedió la protección constitucional, si la Justicia Federal concede el amparo contra el auto de formal prisión, por no haberse justificado la existencia del hecho delictuoso que se imputa al acusado, y con posterioridad se dicta nuevo auto de formal prisión, cuando las cosas guardaban el mismo estado que antes, el segundo auto de formal prisión es violatorio de los artículos 14, 16 y 19 constitucionales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5783/33. Suárez N. Manuel. 16 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.