Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312004
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1367
APELACION EN MATERIA PENAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA, INTERPUESTA POR QUIEN NO SE HA CONSTITUIDO EN PARTE CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1367
Si la persona que no se ha constituído en parte civil en un proceso, recurre en amparo la resolución que desechó el recurso de apelación que interpuso contra la que se sobreseyó en aquél, la suspensión debe negarse, pues la resolución recurrida no produce efectos de ejecución, ya que si subsiste el sobreseimiento, nada hay que ejecutar respecto al mandato judicial que desechó la apelación, y aun suponiendo que el acto reclamado involucrara o diera creación jurídica a determinado procedimiento de ejecución, tampoco existiría perjuicio de difícil reparación, por haberse dictado la resolución, en un expediente del orden penal, en el cual el quejoso no se ha constituído en parte civil.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 6140/34. Castillón Eugenio F. 17 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.