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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3963
PENAS, APLICACION RETROACTIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3963
Si un delito se cometió durante la vigencia del Código Penal del Distrito Federal, de 1871, y el acusado solicita ser juzgado conforme al Código Penal que se puso en vigor el 15 de diciembre de 1929, y el Ministerio Público funda su pedimento en ese último código, y la sentencia aplica, para imponer la pena, el Código Penal de 1931, lo hace de una manera retroactiva, pues la pena aplicable es la que fija el código de 1929.
Precedentes
Amparo penal directo 1244/33. Barrio Felipe N. del. 19 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.